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Artículo 2 de la Ley 1.814 · Fija el personal i sueldos de los empleados de las;cortes de justicia

Fija el personal i sueldos de los empleados de las;cortes de justicia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22936 / 5951274.

Texto oficial

ART. 2.° El sueldo anual de los oficiales de sala de la Corte Suprema será el siguiente: Primer oficial de sala__________________ $ 1 100 Segundo oficial de sala_________________ 1 000 Tercer oficial de sala__________________ 800