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Artículo 7 del Decreto 382

Aprueba reglamento de registro de consultores externos especializados para la preparacion y ejecucion de los concursos establecidos en las leyes nos 18.834 y 19.882

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 229442 / 6493492.

Texto oficial

Artículo 7º.- Los consultores externos especializados deberán estar también inscritos en el registro electrónico que para estos efectos lleva la Dirección de Compras y Contratación Públicas.