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Artículo 14 del Decreto 382

Aprueba reglamento de registro de consultores externos especializados para la preparacion y ejecucion de los concursos establecidos en las leyes nos 18.834 y 19.882

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 229442 / 6493502.

Texto oficial

Artículo 14º.- Los consultores externos especializados podrán solicitar certificados que acrediten su inscripción en el Registro y su vigencia a una fecha determinada, que serán emitidos por el Director Nacional del Servicio Civil.