Texto oficial
Art. 361. (384) Si el delito tiene asignada por ley pena
aflictiva, el detenido o preso tendrá derecho a que se le
conceda la excarcelación, salvo en los casos a que se
refiere el artículo 363.
En este caso, la resolución que otorgue la libertad
provisional será fundada, sobre la base de los antecedentes
de hecho y de derecho que existan en el proceso, y deberá
consultarse al tribunal de alzada que corresponda. Dicho
tribunal resolverá la respectiva consulta, o apelación en
su caso, por resolución también fundada.
Para los efectos de este artículo no se aceptará otra
caución que hipoteca o depósito de dinero o de efectos
públicos de un valor equivalente. Estas cauciones podrán
ser constituidas también por terceros.