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Artículo 384 del Código de Procedimiento Penal

Código de procedimiento penal

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 22960 · idParte: 8635009

Texto oficial

Artículo 384.- El mandamiento de embargo decretado contra los bienes de la mujer casada, no divorciada ni separada de bienes, se trabará en sus bienes propios, en los de la sociedad conyugal o en los de ambos.