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Artículo 2 de la Ley 5.146 · Dispone la acuñacion de monedas de niquel

Dispone la acuñacion de monedas de niquel

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 230224 / 7314617.

Texto oficial

Art. 2.o Se faculta al Presidente de la República para fijar el cuño de la moneda de un peso, determinada por esta ley.