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Artículo 4 de la Ley 1.969

Lei num. 1,969 que autoriza al consejo superior de habitaciones para contratar un emprestito

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23040 / 8274882.

Texto oficial

ART. 4.° Las mujeres casadas i los menores de edad que tengan mas de catorce años, se considerarán libres administradores de sus bienes en lo referente a sus imposiciones en las Cajas de Ahorros i a la adquisicion i goce de casas construidas por el Consejo Superior.