Saltar al contenido

Artículo 5 de la Ley 1.969

Lei num. 1,969 que autoriza al consejo superior de habitaciones para contratar un emprestito

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23040 / 8274883.

Texto oficial

ART. 5.° Para ejecutar los acuerdos del Consejo Superior de habitaciones relacionados con esta lei, corresponderá su representacion al Presidente de dicho Consejo, escepto en los asuntos judiciales en los que será representado por el secretario, sin perjuicio de los poderes o comisiones especiales que pueda conferir el Consejo mismo.