Texto oficial
Artículo 11.- El Subdirector de la Agencia será
nombrado por el Presidente de la República, a propuesta del
Director de la Agencia Nacional de Inteligencia, de entre
los funcionarios que cuenten con seis años de desempeño en
la Agencia, en cualquier calidad jurídica, y que ejerzan o
hayan ejercido un cargo directivo o de niveles de jefaturas
jerárquicas equivalentes a jefe de división.
El cargo de Subdirector tendrá la calidad de directivo
de exclusiva confianza.
El Subdirector podrá ser removido de su cargo en
cualquier momento por decisión del Presidente de la
República. Producida la remoción o el cese en sus
funciones por cualquier causa, el Presidente de la
República podrá definir que reasuma su empleo de origen u
otro similar, de acuerdo con la dotación máxima de
personal y el presupuesto del servicio.