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Artículo 15 quáter de la Ley 19.974 · Sobre el sistema de inteligencia del estado y crea la agencia nacional de inteligencia

Sobre el sistema de inteligencia del estado y crea la agencia nacional de inteligencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 230999 / 10597222.

Texto oficial

Artículo 15 quáter.- En los procedimientos administrativos en que intervengan organismos o servicios que integren el Sistema de Inteligencia, la repartición competente deberá adoptar todas las medidas necesarias para asegurar el carácter secreto de los antecedentes, actos, resoluciones y sus fundamentos, así como de los documentos que los contengan y de los procedimientos empleados para su elaboración o dictación.