Texto oficial
Artículo 19º.- El Acta de Proclamación se notificará mediante su inserción en el estado diario que confeccionará el Secretario-Relator y que colocará en un lugar visible de la Secretaría el mismo día de su dictación.
Auto acordado sobre citacion, proceso de reclamaciones de nulidad y solicitudes de rectificacion, formacion de escrutinio general, calificacion y proclamacion de candidatos electos con motivo de las elecciones municipales de la viii region del bio-bio
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 231598 / 6501819.