Saltar al contenido

Artículo 20 del Decreto 187

Aprueba reglamento del fondo de fomento de la musica nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 231661 / 7315709.

Texto oficial

Artículo 20º.- Verificación de cumplimiento de las normas sobre incompatibilidades. El Secretario Ejecutivo o los Directores Regionales, en su caso, deberán revisar la nómina de postulantes con el objeto de verificar la existencia de una o más incompatibilidades señaladas en el artículo 18, respecto de especialistas y jurados. De verificarse dicha existencia se procederá a reemplazar al miembro implicado. Igual procedimiento se aplicará para el caso de verificarse alguna incompatibilidad durante el proceso de evaluación. En todo caso la carga de señalar la existencia de las indicadas incompatibilidades corresponderá al especialista o jurado afectado por ella.