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Artículo 33 del Decreto 187

Aprueba reglamento del fondo de fomento de la musica nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 231661 / 7315727.

Texto oficial

Artículo 33º.- Simultaneidad de financiamientos y exclusión de postulaciones con proyectos pendientes. Las bases establecerán reglas para impedir la postulación de personas o instituciones a financiamientos simultáneos de recursos concursables de este fondo así como de aquellos provenientes de FONDART. Asimismo, fijarán las reglas para excluir la participación de aquellos postulantes que habiendo obtenido financiamiento con anterioridad de este fondo, o del Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y Las Artes, no hayan dado término satisfactorio a los respectivos proyectos. Lo anterior, sin perjuicio de las sanciones legales, reglamentarias o contractuales que procedan producto de la mora en el cumplimiento de los términos de la asignación de los recursos que correspondan.