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Artículo 2 de la Ley 2.179 · Lei núm. 2,179, que prorroga la lei de;gratificaciones para los empleados públicos

Lei núm. 2,179, que prorroga la lei de;gratificaciones para los empleados públicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23176 / 7165582.

Texto oficial

ART. 2.° Reemplázase el inciso final del artículo 1.° de la lei número 2,033 por el siguiente: "A los que perciban más de seis mil pesos ($ 6,000) quince por ciento".