Texto oficial
ART. 5.° El terreno que deba entregarse a la via pública segun el artículo precedente se distribuirá en conformidad al plano a que se refiere el artículo 2.°
Lei num. 2,203, que fija las disposiciones a que debera sujetarse la construccion de edificios, apertura, ensanche, union, prolongacion o rectificacion de calles de la ciudad de santiago.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23195 / 8275099.