Lei num. 2,203, que fija las disposiciones a que debera sujetarse la construccion de edificios, apertura, ensanche, union, prolongacion o rectificacion de calles de la ciudad de santiago.
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23195 / 8275110.
Texto oficial
ART. 14. Acordada por la Municipalidad la espropiacion de una estension de terreno, se procederá a ella en conformidad a la lei de 18 de Junio de 1857 i, para la determinacion del valor se tomará como base el que fije el rol de avalúos que rija para el cobro de la contribucion de haberes, sin perjuicio de las alteraciones que los peritos crean justificadas.