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Artículo 5 de la Ley 2.219 · Lei núm. 2,219, que fija el impuesto de papel;sellado, timbres i estampillas

Lei núm. 2,219, que fija el impuesto de papel;sellado, timbres i estampillas

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23205 / 7165622.

Texto oficial

ART. 5.° Pagarán tambien impuestos: Los naipes, veinte centavos cada uno; Cajas de cigarros importados, por cada veinticinco cigarros o fraccion, veinte centavos, Paquetes de cigarrillos importados, cinco centavos cada uno, Paquetes de cigarrillos nacionales, dos centavos cada uno; Entradas de primera clase a los hipódromos, diez centavos cada una. Entradas a los teatros i circos, cinco centavos cada una, si fueren de funcion completa, i dos centavos si fueren de tandas o sesiones.