Texto oficial
Artículo 2.o Para los efectos de la contratación de los préstamos a que se refiere el artículo anterior, no regirán las disposiciones restrictivas de las leyes orgánicas de las instituciones a que se refiere dicho artículo.
Autoriza a la municipalidad de concepcion para contratar emprestitos en las condiciones y hasta por la suma que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 232352 / 8371882.