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Artículo 8 de la Ley 9.620

Autoriza a la municipalidad de vallenar para contratar un prestamo hasta por la suma que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 232356 / 8371912.

Texto oficial

Artículo 8.o. Autorízase, asimismo, a la Municipalidad de Vallenar para invertir hasta el 10% de sus entradas ordinarias en la ampliación y mejoramiento de las instalaciones eléctricas que se construyan en conformidad a esta ley y para efectuar estas inversiones en la forma consultada en el artículo 2.o.