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Artículo 2 de la Ley 9.684

Autoriza a la municipalidad de copiapo para contratar emprestitos hasta por la suma y en las condiciones que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 232363 / 8371928.

Texto oficial

Artículo 2.o. Para los efectos de la contratación de los préstamos a que se refiere el artículo anterior no regirán las disposiciones restrictivas de las leyes orgánicas de las instituciones a que se refiere dicho artículo.