Texto oficial
Artículo 2.o. Para los efectos de la contratación de los préstamos a que se refiere el artículo anterior no regirán las disposiciones restrictivas de las leyes orgánicas de las instituciones a que se refiere dicho artículo.
Autoriza a la municipalidad de copiapo para contratar emprestitos hasta por la suma y en las condiciones que indica
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