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Artículo 16 (DEL NUM. Nº2) del Decreto 34

Aprueba reglamento del servicio de bienestar de la caja de prevision de la defensa nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 232784 / 9364971.

Texto oficial

Artículo 16º: El Servicio de Bienestar, podrá celebrar y financiar actividades recreativas de integración familiar para sus afiliados y su grupo familiar, de acuerdo con los recursos presupuestarios que al efecto tenga disponibles.