Texto oficial
Artículo 55. Los ingenieros civiles -entendiéndose
como tales a los profesionales que se señalan en el
artículo 34-, los ingenieros constructores, los
constructores civiles y los arquitectos no necesitarán
acreditar experiencia para inscribirse en la categoría B de
cualquiera de los registros de su especialidad. Estos mismos
profesionales, para optar a las categorías A superior y A
de su especialidad, deberán acreditar la experiencia
requerida según Cuadro Nº3, o en subsidio, un mínimo de
tres años de ejercicio profesional, contados desde la fecha
de su titulación.
De los tres años de ejercicio de la profesión,
durante al menos dos de ellos el profesional deberá haber
desarrollado específicamente trabajos relacionados con las
especialidades consideradas por este Registro y en las
cuales se desea inscribir o subir de categoría, lo cual
deberá ser acreditado mediante certificado extendido por
el(los) empleador(es) que contrató(aron) sus servicios
profesionales.
Los ingenieros de ejecución o técnicos universitarios
no necesitarán acreditar experiencia para inscribirse en la
categoría B de los registros de su mención, la cual
deberá estar especificada en el título. Por el contrario,
para optar a cualquier otro registro de la categoría B -
que no corresponda a la especialidad señalada en su título
- deberán acreditar la experiencia requerida para la
categoría B que se señala en el Cuadro Nº3 mencionado en
el Artículo anterior. Estos mismos profesionales para optar
a las categorías A superior y A en los registros de su
mención, deberán acreditar la experiencia requerida según
el Cuadro Nº3, o en subsidio, un mínimo de tres años de
ejercicio profesional, contados desde la fecha de
titulación.
De los tres años de ejercicio de la profesión,
durante al menos dos de ellos el profesional deberá haber
desarrollado específicamente trabajos relacionados con las
especialidades consideradas en el Registro de Obras Menores
y en las cuales se desea inscribir o subir de categoría, lo
cual deberá ser acreditado mediante certificado extendido
por el o los empleadores que contrataron sus servicios
profesionales.