Texto oficial
Artículo 81. Las propuestas se abrirán ante los
funcionarios designados por la autoridad establecida en las
bases, que formarán la "Comisión de Apertura" de las
ofertas técnicas y económicas, lo cual se efectuará el
día, hora y en el o los lugares que se indique en el aviso
correspondiente, en presencia de los interesados que
concurran. Una vez iniciado el acto de apertura, no se
admitirán otras ofertas.
Si las bases nada dicen al respecto, el Director
Nacional del Servicio o el Secretario Regional Ministerial,
según corresponda, designará a los tres integrantes de la
"Comisión de Apertura", entre funcionarios de su
dependencia.