Texto oficial
Artículo 84. La evaluación de las Ofertas, técnica y
económica, la realizará una "Comisión de Evaluación",
integrada por al menos tres profesionales, definiéndose en
las bases de la licitación la autoridad que las nombra.
El proceso de recepción, evaluación y adjudicación
de las ofertas se realizará de la siguiente manera:
* 1°: Recepción y Apertura de las Ofertas Técnicas:
La "Comisión de Apertura" mencionada en el
artículo 81, abrirá primeramente el sobre Propuesta
Técnica de todos los proponentes, verificando la inclusión
de cada uno de los antecedentes pedidos en el Proyecto.
* 2°: Evaluación de las Ofertas Técnicas:
La revisión y análisis detallado de estos
documentos la efectuará la "Comisión de Evaluación",
quien verificará en esta ocasión, si se han incluido
correctamente todos los requisitos técnicos exigidos en el
Proyecto, rechazando todas las ofertas que no cumplan lo
especificado.
Adicionalmente, esta Comisión verificará el
estricto cumplimiento de la capacidad económica mínima
disponible, de acuerdo a lo establecido en el artículo 73.
Si los documentos de licitación no indicaren otra
modalidad, se entenderá que la apertura de las ofertas
económicas se realizará diez días hábiles después de la
apertura de las ofertas técnicas.
La "Comisión de Evaluación" deberá emitir un
informe que incluya los fundamentos de rechazo de las
propuestas técnicas que así lo ameriten.
* 3°: Apertura de Ofertas Económicas
En esta ocasión, la "Comisión de Apertura"
informará sobre las ofertas que han sido técnicamente
aprobadas o rechazadas y devolverá sin abrir los sobres de
oferta económica de aquellos oferentes que están en esta
última situación. A continuación abrirá los sobres de
las ofertas económicas cuyas ofertas técnicas fueron
aceptadas, y dará a conocer los valores totales cotizados
por cada proponente con oferta técnicamente aprobada.
* 4°: Análisis de Ofertas Económicas
La "Comisión de Evaluación" procederá a comprobar
la consistencia entre la oferta técnica y el análisis de
precios correspondiente entregado en la oferta económica,
con el objetivo de detectar posibles errores aritméticos, y
seleccionar la propuesta económicamente más conveniente.
El análisis de las ofertas económicas se
realizará de acuerdo a la metodología que se indica a
continuación, la que consistirá de dos etapas:
1. Pre-selección de la oferta económicamente más
conveniente La Comisión de Evaluación pre-seleccionará la
oferta económicamente más conveniente para el MOP, tanto
para la contratación a precios unitarios, como para la
contratación a suma alzada en que puedan presentarse
aumentos de obras. Esta pre-selección se realizará de
acuerdo a una de las siguientes metodologías, la que será
determinada en las bases.
1.1. Con precios unitarios del contratista sin
analizar, desde el punto de vista de su efecto ante
variaciones eventuales de cantidades de obra.
Se pre-seleccionará la oferta más económica para
el MOP.
1.2.Con precios unitarios del contratista analizados,
desde el punto de vista de su efecto ante variaciones
eventuales de cantidades de obra.
En este caso el MOP detallará en las bases de la
licitación la metodología que se aplicará para el
análisis de los precios unitarios del contratista y para la
selección de la oferta más conveniente, estableciéndose
en las mencionadas bases, los parámetros mínimos a
considerarse en dicho análisis. La metodología deberá ser
previamente aprobada por el Director Nacional o Regional del
servicio correspondiente.
En el silencio de las bases, se aplicará lo
señalado en el punto 1.1 anterior.
2. Validación aritmética La oferta pre-seleccionada
será validada por la "Comisión de Evaluación" a fin de
determinar si existen errores en los productos de las
cantidades de obra por los precios unitarios ofrecidos, o en
la suma de los productos señalados.
Si la oferta pre-seleccionada no presenta errores se
procederá a adjudicar la licitación a esta oferta. En caso
de presentar errores se corregirá el producto de las
cantidades de obra solicitadas por la Dirección, por los
precios unitarios ofrecidos por el contratista en su oferta,
y sumando los productos obtenidos. Cuando existan
discrepancias entre los precios unitarios ofrecidos en el
presupuesto de la obra y los calculados en el documento
análisis de precios unitarios, o cuando existan errores en
dicho análisis, prevalecerán siempre los primeros. Si la
corrección de estos errores implica que el valor total de
la oferta es inferior al valor leído a la fecha de la
apertura de las ofertas económicas, prevalecerá como valor
de la oferta, el valor correcto; la autoridad
correspondiente informará al proponente adjudicatario sobre
esta situación, quien podrá decidir retirar su oferta y el
MOP hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta, de
acuerdo a lo establecido en el artículo 89 de este
Reglamento. Si por el contrario, la corrección lleva a un
valor total mayor, prevalecerá el valor correcto, y se
reevaluarán las ofertas económicas de acuerdo a la etapa
1. de esta metodología, "Pre-selección de la oferta
económicamente más conveniente", que se presenta bajo el
subtítulo "4°:
Análisis de Ofertas Económicas" del presente artículo.
* 5°: Informe de Adjudicación
La "Comisión de Evaluación" emitirá un informe
con la propuesta de adjudicación, a la autoridad
correspondiente.
En su informe, la "Comisión de Evaluación"
propondrá la oferta económicamente más conveniente para
el MOP.
* 6°: Comunicación de Adjudicación
La autoridad correspondiente, en caso de no tener
observaciones al Informe de Adjudicación, lo comunicará a
los interesados.
Excepcionalmente y por motivos fundados, se procederá
a evaluar en un solo acto las ofertas técnicas y
económicas, quedando así establecido en los documentos de
licitación.