Saltar al contenido

Artículo 11 (DEL NUM. NºII) transitorio del Decreto 75

Deroga decreto nº15, de 1992, y sus modificaciones posteriores y aprueba reglamento para contratos de obras publicas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 233103 · idParte: 8934202

Texto oficial

Artículo 11: "Durante el año 2010, respecto de obras que se requieran con urgencia para paliar los efectos de la catástrofe o para reparar las obras afectadas por la misma y que se ejecuten en las regiones declaradas como zonas afectadas por la catástrofe en conformidad con el D.S. Nº 150, de 2010, del Ministerio del Interior, la Autoridad competente podrá establecer la recepción única de las obras para efectos de resolver el contrato de acuerdo al Reglamento de Montos, lo anterior operará sólo en casos fundados y teniendo en consideración las características de la obra".