Texto oficial
Artículo 41: En el cumplimiento de sus funciones, el Tribunal de Disciplina estará facultado para aplicar sólo las sanciones que establece el artículo 12, en la forma que señala dicho artículo.
Aprueba el texto del acta y estatuto tipo al cual podran ceñirse las corporaciones del adulto mayor
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 233298 / 7316864.