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Artículo 9 del Decreto 993

Aprueba reglamento del articulo 6º, de la ley 19.946

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 234023 / 8660392.

Texto oficial

Artículo 9°.- Las personas autorizadas quedarán sujetas al cumplimiento de todas aquellas obligaciones que les impongan las leyes y otras disposiciones vigentes a la fecha de aceptación a trámite de las declaraciones.