Saltar al contenido

Artículo 10 del Decreto 993

Aprueba reglamento del articulo 6º, de la ley 19.946

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 234023 / 8660393.

Texto oficial

Artículo 10.- Las cantidades de mercancías y sus valores serán los que correspondan efectivamente al momento de aceptarse la declaración. A las declaraciones que generen una obligación tributaria, se les aplicará los tributos vigentes a la fecha de su aceptación a trámite.