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Artículo 12 del Decreto 993

Aprueba reglamento del articulo 6º, de la ley 19.946

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 234023 / 8660395.

Texto oficial

Artículo 12.- EL Servicio de Aduanas fiscalizará selectivamente, mediante las operaciones de examen físico, revisión documental o aforo de las mercancías que las declaraciones señaladas en el artículo 2° de este reglamento, hayan sido presentadas correctamente y que guarden correspondencia con los documentos que deben servirles de antecedente y con las mercancías que amparen.