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Artículo 16 del Decreto 993

Aprueba reglamento del articulo 6º, de la ley 19.946

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 234023 / 8660400.

Texto oficial

Artículo 16.- El procedimiento tendiente a hacer efectivas las facultades disciplinarias será el contemplado en el inciso sexto del artículo 227 de la Ordenanza de Aduanas.