Texto oficial
Artículo 6.o- El producto del o los préstamos a que
se refieren los artículos 1.o, letra a) y 10.o, será
invertido por la Municipalidad de Talcahuano en los
siguientes fines, dentro del departamento de Talcahuano:
1.o- Creación, ampliación o extensión de las
urbanizaciones, especialmente pavimentación de calles o
veredas, mejoramiento y extensiones de alumbrado público,
agua potable, alcantarillado, rellenos sanitarios, muros de
contención y escaleras de acceso.
2.o- Aportes a las Sociedades Constructoras de
Establecimientos Educacionales y Hospitalarios, para la
construcción, ampliación o mejoramiento de los
establecimientos respectivos.
3.o- Construcción de un edificio para Biblioteca
Pública y para la Casa del Arte y de la Cultura;
construcción y mejoramiento de mercados y población para
empleados y obreros municipales; ferias; matadero, baños
públicos, talleres, servicios y oficinas municipales.
4.o- Construcción o terminación de campos deportivos,
gimnasio cubierto, piscina y plazas de juegos infantiles.
5.o- Formación de áreas verdes, plantaciones y demás
obras de ornato, y, en general, cualquiera otra obra de
adelanto comunal contemplada en el Plano Regulador de
Talcahuano.
6.o- Aporte para la construcción de un Hotel y
Hostería de Turismo.
7.o- Aporte para la construcción de cuarteles para las
Compañías del Cuerpo de Bomberos de Talcahuano.
8.o- Pago de adquisiciones o expropiaciones que sea
necesario realizar para la ejecución de las obras
señaladas en este artículo.
9.o- Adquisición de camiones extractores de basuras,
barredoras y otras maquinarias para aseo, ornato y obras de
la comuna.
10.o- Sin perjuicio de lo anterior, la Municipalidad de
Talcahuano entregará preferentemente a las instituciones
que se señalan los siguientes aportes para la realización
de las obras que se indican:
a) Aporte a la Sociedad Constructora de
Establecimientos Hospitalarios para la construcción
definitiva del Hospital de Talcahuano, Eº 1.000.000.
b) Aporte de Eº 5.100.000 a la Sociedad Constructora
de Establecimientos Educacionales para la construcción de
las siguientes obras en la comuna de Talcahuano:
Construcción de la Escuela Industrial;
Construcción de la Escuela N.o 19 Las Salinas;
Construcción de la Escuela N.o 32;
Construcción de la Escuela Vocacional N.o 29;
Construcción de las Escuelas N.os 12 y 13 San Vicente;
Construcción de la Escuela N.o 15, Cerro Buena Vista;
Construcción de la Escuela Mixta N.o 24, Población
Santa Leonor;
Construcción de la Escuela N.o 27, Huertos Familiares;
Construcción de la Escuela Mixta N.o 3;
Construcción de la Escuela de Niñas N.o 9;
Construcción del Instituto Comercial de Talcahuano.
La Municipalidad de Talcahuano, por el quórum de los
dos tercios de sus regidores en ejercicio, elaborará
anualmente el plan de inversiones, que deberá ser aprobado
por la Dirección de Planeamiento del Ministerio de Obras
Públicas.
El Ministerio de Obras Públicas resolverá, en
definitiva, acerca de las discrepancias que pueden
producirse entre dicha Corporación edilicia y la citada
Dirección.