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Artículo 7 de la Ley 15.909

Autoriza los prestamos que señala a la municipalidad de talcahuano y a la corporacion de fomento de la producción

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 234353 / 8372084.

Texto oficial

Artículo 7.o- Los contratos que celebre la Municipalidad para las construcciones en virtud del plan a que se refiere el artículo 6.o, se adjudicarán por propuestas públicas, con aprobación de la Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas.