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Artículo 30 de la Ley 19.995

Establece las bases generales para la autorizacion, funcionamiento y fiscalizacion de casinos de juego

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 234426 / 8372150.

Texto oficial

Artículo 30.- El permiso de operación se extinguirá por alguna de las siguientes causales: a) Vencimiento del plazo o de la renovación otorgada; b) Renuncia del operador, en la forma y condiciones que determine el reglamento; c) Disolución de la sociedad anónima operadora; d) Por encontrarse el operador sometido a un procedimiento concursal de liquidación, y e) Revocación.