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Artículo 56 de la Ley 19.995

Establece las bases generales para la autorizacion, funcionamiento y fiscalizacion de casinos de juego

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 234426 · idParte: 8372184

Texto oficial

Artículo 56.- A las actividades que se realicen de conformidad con esta ley no les serán aplicables los artículos 277, 278 y 279 del Código Penal.