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Artículo 36 (DEL ART. PRIMERO) del Decreto 83

Aprueba norma tecnica para los organos de la administración del estado sobre seguridad y confidencialidad de los documentos electronicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 234598 / 8660523.

Texto oficial

Artículo 36.- Durante la segunda etapa de aplicación de esta norma, los órganos de la Administración del Estado deberán desarrollar las políticas, procedimientos, acciones y medidas tendientes a obtención del Nivel Avanzado de Seguridad de los documentos electrónicos que se establecen en este Título.