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Ley 2.798

Dispone que el personal de empleados de las intendencias i gobernaciones i del cuerpo de carabineros disfrutaran de la gratificacion establecida en la lei num. 2,276 desde el 1.° de agosto hasta el 31 de diciembre de 1913.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 23506

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