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Artículo 44 de la Ley 2.883 · Reforma la lei de elecciones

Reforma la lei de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23565 / 8829012.

Texto oficial

ART. 44 Las solicitudes de esclusion se publicarán por tres dias en un periódico del departamento, o a falta de éste, en uno de la cabecera de la provincia, se fijarán en carteles en el oficio del notario conservador de bienes raíces y se notificará al objetado en el lugar que al inscribirse hubiere señalado como su habitacion, dejándole cédula por medio de la policia i debiendo firmar la notificacion el notificado, si fuere habido, o espresarse las razones de por qué no firmare. Al dia siguiente será oido el objetado i se recibirá o no la prueba, segun los casos, hasta por dos dias.