Texto oficial
ART. 14.- Se modifica el último inciso del artículo 59, diciendo:
"Estos empréstitos deberán ser acordados con el voto de los tres cuartos de los municipales en ejercicio i someterse a la aprobacion del Senado."
Reforma la lei orgánica de municipalidades
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23625 / 8829144.