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Ley 2.965

Prorroga por seis meses los efectos de la lei numero 2.914 que autorizo al presidente de la república para prohibir la esportacion de ganado, de articulos alimenticios i de carbon de piedra i reducir o suspender los derechos de internacion de los articulos alimenticios; i elimina a algunos de estos i el carbon de piedra de la prohibicion de esportar

Estado
Vigente
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idNorma: 23630

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