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Artículo 2 de la Ley 2.977 · Fija los dias feriados

Fija los dias feriados

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 23639 · idParte: 8275812

Texto oficial

ART. 2°.- Las instituciones de crédito i el comercio podrán, ademas cerrar sus puertas el día 30 de Junio i los sábados, a las dos de la tarde.