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Artículo 15 de la Ley 3.029

Crea para el personal del ejército i de la armada;una caja de retiro i montepío, la cual formará una;seccion de la caja nacional de ahorros: i autoriza al;presidente de la república para dictar los reglamentos;necesarios.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 23677 · idParte: 8998852

Texto oficial

ART. 15.- Derógase el artículo 9.° de la lei número 2,046, de 13 de Setiembre de 1907; los artículos 21 i 22 de la lei número 2,644, de 23 de Febrero de 1912; el artículo 2.° de la lei número 2,669, de 12 de Agosto de 1912, i las disposiciones contrarias a la presente lei. Para los efectos de esta lei se derogan tambien las disposiciones del artículo 3.° de la lei de Montepío Militar, número 2,406 de 10 de Setiembre de 1910.