Saltar al contenido

Artículo 5 de la Ley 3.046 · Establece el retiro forzoso para el personal de la armada

Establece el retiro forzoso para el personal de la armada

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 23690 · idParte: 7166265

Texto oficial

ART. 5.°- Decretada por el Presidente de la República la calificacion de servicios de un oficial, se tomará como base para la pension de retiro sólo el cincuenta por ciento del sueldo de actividad asignado al empleo del saliente.