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Artículo 14 de la Ley 4.531 · Ley num. 4531

Ley num. 4531

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 236934 / 9053214.

Texto oficial

Art. 14. Las personas que adquieran la calidad de socio, compartirán la responsabilidad de las obligaciones contraídas por la sociedad antes de su incorporación a ella, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.o