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Artículo 4 de Auto Acordado S/N

Auto acordado sobre remuneraciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 236971 / 6521711.

Texto oficial

"Artículo 4º.- En todo lo demás relativo a remuneraciones de los Ministros del Tribunal, funcionarios y personal de planta señalados en el artículo 2º del presente Auto Acordado, se aplicarán las normas que rigen para los empleados del Poder Judicial.