Texto oficial
Artículo 11.- La función de Auditoría es asesorar al
Director de Servicio y comprende la fiscalización, control
y evaluación de las acciones que debe cumplir el Servicio,
en materias de orden asistencial, técnico administrativo,
financiero, patrimonial y de gestión, comprendidas en el
campo de su competencia. No le corresponderá la
substanciación de investigaciones sumarias o sumarios
administrativos.