Texto oficial
Artículo 13.- Las relaciones entre el encargado de
Auditoría y la Contraloría General de la República se
regirán por lo establecido en el artículo 18 de la ley N°
10.336, Orgánica Constitucional de la Contraloría General
de la República.
Asimismo, deberá coordinarse en el ejercicio de sus
funciones con la dependencia encargada de esta materia en el
Ministerio de Salud.