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Artículo 5 de la Ley 7.160

Establece un impuesto extraordinario sobre la renta que pagaran los establecimientos que produzcan cobre en barra

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 237379 / 9004914.

Texto oficial

Artículo 5.o La Corporación de Fomento de la Producción, creada por la ley 6,334, que, con sus modificaciones, se encuentra refundida en la ley 6,640, calificará los precios y calidades de las especies retornadas en la forma que determine el reglamento. Podrá también intervenir directamente en las adquisiciones, a requerimiento del Presidente de la República.