Texto oficial
Art. 76. En los juicios a que diere lugar el cumplimiento de esta ley, tendrá la representación del Fisco el Director de Impuestos Internos, quien podrá delegarla en el personal de su dependencia.
Impuesto sobre herencias y donaciones
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 237759 / 9053351.