Texto oficial
ART. 16.- Los créditos a que se refiere esta lei serán considerados en caso del concurso del patrono, comprendidos en el número 4.° del artículo 2,472 del Código Civil.
Sobre accidentes del trabajo
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23781 / 9113407.