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Artículo 9 de la Ley 3.200

Autoriza la enajenacion en pública subasta, de terrenos salitrales de las provincias de tarapacá i antofagasta; autoriza la contratacion de las obras del ferrocarril de iquique a pintados, i concede fondos para las obras de agua potable de pisagua.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23806 / 7166438.

Texto oficial

ART. 9°.- La trasferencia del dominio se efectuará bajo la responsabilidad del Estado. Las acciones reinvidicatorias que pudieran instaurarse sobre los terrenos que el Fisco ofrece en venta, no podrán perseguirse sino sobre el precio obtenido en ésta.